[2019] Baremo de la convocatoria para el cuerpo de Tropa y Marinería (Fuerzas Armadas) - Academia CLAUSTRO

[2020] Baremo de la convocatoria para el cuerpo de Tropa y Marinería (Fuerzas Armadas)

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Baremo de concurso 2020 (Oposiciones a Fuerzas Armadas, escala de Tropa y Marinería)

Recogido en la Resolución 452/38033/2020, de 13 de febrero, de la Subsecretaría, por la que se aprueba el proceso de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación para incorporarse a las escalas de tropa y marinería.

Baremo de concurso

Para ser valorada en la fase de concurso, deberá presentarse la documentación original o fotocopia debidamente legalizada o compulsada.

1. Méritos Generales

a) Permisos de conducción

  • Estar en posesión del permiso de conducción en vigor [1] de la clase D o superior (9 puntos)
  • Estar en posesión del permiso de conducción en vigor [1] de la clase C (8 puntos)
  • Estar en posesión del permiso de conducción en vigor [1] de la clase C1 (6 puntos)
  • Estar en posesión del permiso de conducción en vigor [1] de la clase B (3 puntos)
  • Estar en posesión del permiso de conducción en vigor [1] de las clases A2 o A (1 punto)

Cuando se acrediten varios permisos de conducción se valorará únicamente el de mayor clase. Los permisos de conducción expedidos en el extranjero sólo podrán ser baremados si, en su caso, han sido debidamente canjeados por la Dirección General de Tráfico del Ministerio del Interior, conforme a la normativa vigente. Los titulares de un permiso de conducción comunitario con una vigencia indefinida o superior a 15 años, estarán obligados a renovarlos, siempre y cuando tengan la residencia legal en España transcurridos 2 años, desde el 19 de enero de 2013, fecha de entrada en vigor de la Directiva 2006/126/CE.

b) Deportista de alto nivel

Haber alcanzado en los últimos cinco años, a contar desde la finalización del plazo de admisión de solicitudes de cita previa, la condición de deportista de alto nivel, acreditada mediante resolución del Secretario de Estado Presidente del Consejo Superior de Deportes (3 puntos)

c) Idioma Inglés

Se consideran los perfiles lingüísticos en vigor obtenidos en el idioma inglés, de acuerdo con la Orden Ministerial 64/2010, de 18 de noviembre.

Es posible la valoración de las correspondencias entre los perfiles lingüísticos S.L.P. descritos a continuación y las titulaciones universitarias y los distintos certificados nacionales y no nacionales que aparecen relacionados en el anexo I de la Instrucción 27/2019, de 12 de junio, por la que se aprueban las normas particulares de desarrollo y ejecución para la determinación de la competencia lingüística en los idiomas extranjeros considerados de interés para las Fuerzas Armadas. También serán válidas, a los solos efectos de valoración, las equivalencias conforme a lo dispuesto en el anexo II de la misma Instrucción. Se tendrá en consideración lo establecido en el referido anexo I de la citada Instrucción, en cuanto a la necesidad de que el título universitario o certificado nacional o no nacional, cuya correspondencia se pretende, tenga una antigüedad de menos de tres años.

  • Perfil Lingüístico S.L.P. 3.3.3.3 o superior (8 puntos)
  • Perfil Lingüístico S.L.P. 2.2.2.2 (5 puntos)
  • Perfil Lingüístico S.L.P. 1.1.1.1. (3 puntos)
  • SLP (Standard Language Profile) Edición 4 del STANAG 6001 (OTAN).

2. Méritos académicos

Estar en posesión del título o documento acreditativo de:

  • Título de Técnico de Grado Medio o sus equivalentes a efectos académicos o títulos académicos oficiales superiores a éste (16 puntos)
  • Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o sus equivalentes a efectos académicos (6 puntos)

Cuando se acrediten varios méritos académicos se valorará únicamente el de mayor puntuación.

Los títulos, diplomas o estudios extranjeros deberán estar homologados a los títulos españoles, al amparo de lo establecido en el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del marco español de cualificaciones para la educación superior de los títulos oficiales de Arquitecto [2], Ingeniero [2], Licenciado [2], Arquitecto Técnico [2], Ingeniero Técnico [2] y Diplomado [2], o conforme a lo establecido en el Real Decreto 104/1988, de 29 de enero, sobre homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación no universitaria.

Se tendrá en consideración el Real Decreto 1027/2011, de 15 de julio, por el que se establece el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, modificado por el Real Decreto 96/2014, de 14 de febrero.

Las Tablas de Equivalencia contenidas en el Convenio Andrés Bello serán válidas, a efectos de baremación, cuando el aspirante acredite poseer estudios de nivel superior a Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y no alcancen a completar una titulación determinada.

Estos requisitos se acreditarán mediante la presentación del certificado original y fotocopia, o fotocopia compulsada, del título que se posea.

La puntuación máxima de los méritos generales y de los méritos académicos no será superior a 36 puntos.

3. Tiempos de servicio. Méritos militares (Fuerzas Armadas españolas)

Empleos alcanzados

  • Haber sido Militar Profesional de Tropa y Marinería (MTM) con empleo de Cabo o superior (2 puntos)
  • Haber sido MTM con el antiguo grado de Soldado/Marinero de Primera (1,5 puntos)
  • Haber sido MTM con empleo de Soldado / Marinero (1 punto)
  • Ser o haber sido Reservista Voluntario en cualquier categoría y empleo (0,25 puntos)

Recompensas

  • Cruz del Mérito Militar, Naval o Aeronáutico con distintivo rojo (2 puntos)
  • Cruz del Mérito Militar, Naval o Aeronáutico con distintivo azul o amarillo (1,75 puntos)
  • Cruz del Mérito Militar, Naval o Aeronáutico con distintivo blanco (1,5 puntos)
  • Citación como distinguido en la Orden General (0,5 puntos)
  • Mención Honorífica (0,25 puntos)

Misiones fuera del territorio nacional y tiempo de servicio

  • Por cada participación en misiones fuera del territorio nacional por un período igual o superior a dos meses ininterrumpidos (0,5 puntos)
  • Por cada año (o fracción) de servicio en las Fuerzas Armadas (0,25 puntos)

La puntuación máxima de los méritos militares no será superior a 4 puntos.

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[1] Conforme al artículo 12 del Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.
[2] Títulos universitarios de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional según el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

Normativa

Resolución 452/38033/2020, de 13 de febrero, de la Subsecretaría, por la que se aprueba el proceso de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación para incorporarse a las escalas de tropa y marinería.

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